DDERECHOS LABORALES Y LA MATERNIDAD.

El Código del Trabajo de Honduras, en su Artículo 137, establece que: La trabajadora que en el curso del embarazo sufra un aborto o un parto prematuro no viable, tiene derecho a una licencia de 2 a 4 semanas remuneradas, recibiendo el mismo salario que devenga.

¡Nuestros derechos, no se negocian!

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